Falso autónomo es aquella persona que es contratada por una empresa mediante la figura del autónomo pero sin embargo desempeña su actividad como un trabajador por cuenta ajena. 
Es una figura en fraude de ley y resulta muy utilizada en sectores de profesionales independientes, diseñadores, comerciales, ... 
El horario es marcado por la empresa, su retribución es básicamente fija y no tiene autonomía para organizar su trabajo, además de no utilizar ningún elemento de trabajo propio, no es tampoco un autónomo económicamente dependiente (autónomo cuyos ingresos dependen en un 75% de un solo cliente y que no tiene trabajadores). 

Qué se puede reclamar
Los derechos propios de nuestra condición de trabajador por cuenta ajena. 

Salarios 
Reclamaremos todos los conceptos salariales: Salario base, pagas extraordinarias, complementos salariales, plus convenio, y otros, que marque el convenio colectivo aplicable. También podremos reclamar los conceptos no salariales que marque el convenio, tales como plus transporte, dietas, en su caso.  
Igualmente en este caso por tratarse de una reclamación de cantidad podemos reclamar el 10% anual por demora en el pago. 
El tiempo para reclamar es de un año

Indemnizaciones 
La indemnización será pertinente siempre que la empresa decidiera finalizar la relación laboral, calificándose el despido de improcedente. 
En ese caso debemos realizar los mismos pasos que si fuéramos un trabajador por cuenta ajena, es decir, debemos demandar en el plazo de 20 días por despido improcedente y reclamar la correspondiente indemnización.  
Es muy importante tener en cuenta los plazos, ya que estos serán los mismos que si fuéramos un trabajador por cuenta ajena para la calificación del despido. 

Cotizaciones 
Una vez la empresa haya reconocido la condición de trabajador por cuenta ajena, o haya sentencia estimatoria, podemos reclamar que se cotice a la seguridad social por estas cantidades, generando los correspondientes derechos por estas cotizaciones. 
El período que podremos reclamar que se regularice es de cuatro años. 
A la vez que reclamamos el ingreso de las cuotas de Seguridad Social, con la documentación pertinente podremos reclamar la devolución de las cuotas de autónomo de los últimos cuatro años, por ingresos indebidos.

1 comentarios:

Anónimo dijo...

No sirve para nada. Acabamos de poner una demanda por que he estado durante 4 años como un falso autónomo totalmente. Y a la hora de reclamar, por que no sabia que esto podía ser así, me han dicho que lo tengo dificil. Aún diciendome que mi caso es de libro. Es decir, que cumplo todos todos los requisitos. La justicia no sirve para nada.

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